Condiciones generales de contratación.

AGB|

Condiciones comerciales, entrega y pago

I. Ámbito de aplicación

El cumplimiento de los pedidos por parte de Nagels Druck GmbH (en lo sucesivo, el contratista) está sujeto a las siguientes condiciones. Las normas divergentes requieren la forma escrita.

II. consideración

  1. Los precios indicados en la oferta del contratista se aplicarán siempre que no se modifiquen los datos del pedido en los que se basa la oferta. Los precios del contratista no incluyen el impuesto sobre el valor añadido. Los precios del contratista son franco fábrica. No incluyen embalaje, flete, franqueo, seguro ni otros gastos de envío.

  2. Los cambios posteriores a instancias del cliente, incluido el tiempo de inactividad de la máquina causado por los mismos, correrán a cargo del cliente. Los cambios posteriores también incluirán las repeticiones de pruebas solicitadas por el cliente debido a pequeñas desviaciones del original.

  3. Los bocetos, borradores, composición tipográfica de muestra, impresiones de muestra, muestras y trabajos preliminares similares iniciados por el cliente se cobrarán aunque no se realice el pedido. Se aplicarán en consecuencia las disposiciones de la sección IX.

III. pago

  1. El pago (precio neto más IVA) se efectuará en un plazo de 21 días naturales a partir de la fecha de la factura, sin deducción alguna. La factura se emitirá bajo la fecha de entrega, entrega parcial o preparación para la entrega (deuda de cobro, demora en la aceptación). Las letras de cambio sólo se aceptarán mediante acuerdo especial y a cuenta de pago sin concesión de descuento. Los descuentos y gastos correrán a cargo del obligado principal. Deberán ser abonados inmediatamente por el comitente. El contratista no será responsable de la oportuna presentación, protesto, notificación y devolución de la letra de cambio en caso de impago, a menos que él o sus auxiliares ejecutivos sean culpables de dolo o negligencia grave.

  2. Si se suministran cantidades inusualmente grandes de papel o cartón, materiales especiales o servicios por adelantado, es posible que se exija un pago por adelantado para ello.

  3. El cliente sólo podrá compensar una reclamación indiscutible o legalmente establecida. Un cliente que sea un comerciante registrado en el sentido del Código de Comercio alemán (HGB) no tendrá derechos de retención y compensación. No obstante, los derechos previstos en el artículo 320 del Código Civil alemán (BGB) seguirán vigentes mientras y en la medida en que el contratista no haya cumplido sus obligaciones con arreglo al artículo VI 3.

IV. Reclamaciones/responsabilidad del contratista

  1. El cliente debe comprobar en todo caso la conformidad contractual de los productos entregados, así como de los productos preliminares e intermedios enviados para su corrección. El riesgo de cualquier error pasará al cliente con la declaración de disponibilidad para la impresión, siempre que no se trate de errores que sólo hayan surgido o sólo hayan podido detectarse en el proceso de producción posterior a la declaración de disponibilidad para la impresión. Lo mismo se aplica a todas las demás declaraciones de autorización del cliente para la producción posterior.

  2. Las reclamaciones sólo son admisibles en el plazo de una semana tras la recepción de la mercancía. Los defectos ocultos que no puedan detectarse tras una inspección inmediata sólo podrán hacerse valer contra el contratista si éste recibe la reclamación en un plazo de 6 meses a partir de la salida de la mercancía de la fábrica del proveedor.

  3. En caso de reclamaciones justificadas, el Contratista estará obligado, a su discreción y con exclusión de otras reclamaciones, a rectificar el defecto y/o realizar una entrega de sustitución hasta el importe del valor del pedido, a menos que falte una característica garantizada o que el Contratista o sus auxiliares ejecutivos sean culpables de dolo o negligencia grave. Lo mismo se aplicará en caso de reclamación justificada sobre la reparación o la entrega de sustitución. No obstante, en caso de retraso, omisión o falta de éxito de la reparación o entrega sustitutoria, el comitente podrá rescindir el contrato. § Esto no afecta al artículo 323, apartado 2 del Código Civil alemán (BGB). Queda excluida la responsabilidad por daños consecuenciales causados por un defecto, a menos que el contratista o su auxiliar ejecutivo sean culpables de dolo o negligencia grave. Si el pedido implica trabajos de acabado por encargo o el procesamiento posterior de productos impresos, el contratista no será responsable del deterioro resultante del producto a acabar o procesar posteriormente, a menos que el daño haya sido causado intencionadamente o por negligencia grave.

  4. Los defectos en una parte de la mercancía entregada no dan derecho al cliente a reclamar por la totalidad de la entrega, a menos que la entrega parcial carezca de interés para el cliente.

  5. En el caso de las reproducciones en color en todos los procesos de impresión, no pueden objetarse pequeñas desviaciones del original. Lo mismo se aplica a la comparación entre pruebas de imprenta e impresiones de producción.

  6. El contratista sólo será responsable de las desviaciones en la calidad del material utilizado hasta el importe de sus propias reclamaciones contra el proveedor respectivo. En tal caso, el contratista quedará exento de su responsabilidad si cede sus reclamaciones contra el proveedor al comitente. El contratista responderá como garante en la medida en que no existan reclamaciones contra el proveedor por culpa del contratista o dichas reclamaciones no sean exigibles.

  7. No se podrá objetar un exceso o una falta de entrega de hasta el 10 % de la tirada pedida. Se calculará la cantidad entregada. En el caso de entregas de papel a medida inferiores a 1.000 kg, el porcentaje se incrementará hasta el 20 % por debajo de 2.000 kg hasta el 15 %.

V. Impago

  1. Si el cumplimiento de la reclamación de pago está en riesgo debido a un deterioro de las circunstancias financieras del cliente que se haya producido o conocido después de la celebración del contrato, el contratista podrá exigir el pago por adelantado y el pago inmediato de todas las facturas pendientes, incluidas las que aún no hayan vencido, retener los bienes que aún no hayan sido entregados y detener el trabajo posterior en los pedidos que aún estén en curso. El contratista también tendrá derecho a estos derechos si el cliente no efectúa ningún pago a pesar de su recordatorio justificado por demora.

  2. En caso de demora en el pago, se devengarán intereses de demora al tipo legal. Esto no excluye la reclamación de otros daños causados por el impago.

VI Entrega/Retraso en la entrega

  1. El contratista realizará el envío para el cliente con el debido cuidado, pero sólo será responsable en caso de dolo y negligencia grave. La mercancía se asegurará de acuerdo con las condiciones del respectivo transportista.

  2. Las fechas de entrega sólo son válidas si son confirmadas expresamente por el contratista. Si el contrato se celebra por escrito, la confirmación de la fecha de entrega también deberá hacerse por escrito.

  3. Si el contratista se retrasa en la prestación de sus servicios, se le concederá en primer lugar un plazo de gracia razonable. Una vez transcurrido infructuosamente el plazo de gracia, el comitente podrá rescindir el contrato. § Artículo 323 (2) BGB no se ve afectado. La indemnización por daños y perjuicios causados por demora sólo podrá exigirse hasta el importe del valor del pedido (trabajo propio excluidos trabajos preliminares y material).

  4. Las perturbaciones operativas -tanto en la actividad del contratista como en la de un proveedor-, en particular huelgas, cierres patronales, guerras, disturbios y todos los demás casos de fuerza mayor, no darán derecho al contratista a rescindir la relación contractual. Los principios sobre la interrupción de la base del contrato no se verán afectados.

  5. Los bienes entregados seguirán siendo propiedad del Contratista hasta el pago completo de todas las reclamaciones del Contratista contra el Cliente existentes en la fecha de la factura. El cliente sólo tendrá derecho a revender la mercancía en el curso ordinario de sus negocios. Por la presente, el cliente cede sus reclamaciones derivadas de la reventa al contratista. Por la presente, el contratista acepta la cesión.

  6. El Contratista tendrá un derecho de retención de conformidad con el § 369 del Código de Comercio alemán (HGB) con respecto a los clichés, manuscritos, materias primas y otros artículos suministrados por el Cliente hasta que todas las reclamaciones debidas derivadas de la relación comercial hayan sido satisfechas en su totalidad.

VII Custodia, seguro

  1. Las obras de arte, las materias primas, los soportes de impresión y otros artículos de reutilización, así como los productos semiacabados y acabados, sólo se almacenarán más allá de la fecha de entrega previo acuerdo y contra una remuneración especial. El contratista sólo será responsable en caso de dolo y negligencia grave.

  2. Dichos objetos, en la medida en que sean facilitados por el comitente, deberán ser tratados con cuidado hasta la fecha de entrega. El contratista sólo será responsable de los daños en caso de dolo o negligencia grave.

  3. En caso de que los objetos mencionados deban asegurarse, el propio empresario deberá contratar el seguro.

VIII Obras periódicas

  1. El trabajo regular recurrente sólo puede rescindirse con un preaviso de 1 año, siempre el 30.09. de un año.

IX. Propiedad, derechos de autor

  1. Los elementos utilizados por el contratista para la producción del producto contractual, en particular películas, planchas de impresión, litografías y planchas de impresión, seguirán siendo propiedad del contratista, aunque se facturen por separado, y no se entregarán.

  2. El comitente será el único responsable si en la ejecución de su pedido se infringen derechos, en particular derechos de autor de terceros. El Cliente indemnizará al Contratista por todas las reclamaciones de terceros debidas a dicha infracción de derechos.

X. Pie de imprenta

El contratista podrá hacer referencia a su empresa de forma adecuada en los productos contractuales con el consentimiento del cliente. El cliente sólo podrá denegar el consentimiento si tiene un interés preponderante en ello.

XI. Lugar de ejecución, jurisdicción, eficacia, ley aplicable

  1. El lugar de cumplimiento y jurisdicción para todas las reclamaciones y disputas legales derivadas de la relación contractual, incluidos los procedimientos de letras de cambio y documentales, será el domicilio social del Contratista si el Contratista y el Cliente son comerciantes en el sentido del Código de Comercio alemán (HGB). La ley de la República Federal de Alemania se aplicará a estos términos y condiciones y a toda la relación legal entre el vendedor y el comprador.

  2. La invalidez de una o varias disposiciones no afectará a la validez de las restantes.